Legionella
El 2 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo Real Decreto RD 487/2022 por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. El documento sustituye al Real Decreto 865/2003, que ha sido la legislación de referencia en prevención y control de la legionelosis durante casi 20 años. Este nuevo RD supone un avance técnico y legislativo muy importante en la prevención y control de Legionelosis.
Respecto a la anterior legislación destacan las siguientes novedades:
- Desaparece la clasificación de las instalaciones de alto o bajo riesgo. Todas las instalaciones que acumulen agua y que produzcan aerosoles son consideradas de alto riesgo frente a la Legionella.
- El titular de la instalación sigue siendo el máximo responsable, pero se amplían las responsabilidades al personal, fabricantes de biocidas, laboratorios de análisis y SPA.
- Se debe disponer de un plan de Prevencion y Control de Legionella (PPCL) así como de un Plan Sanitario frente a la Legionella (PSL).
- Se describen nuevas tablas que establecen frecuencias de muestreo, criterios de calidad del agua y medidas en función de los resultados de Legionella spp determinados, específicas según el tipo de instalación.
- El laboratorio de análisis de la Legionella debe estar acreditado según norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017. LABORATORIO ECHEVARNE DISPONE DESDE 2006 DE ACREDITACIÓN ENAC PARA LA REALIZACIÓN DE ESTOS ENSAYOS EN TODAS LAS MATRICES ESTABLECIDAS POR EL REAL DECRETO. Además, dispone de una amplia red de delegaciones distribuidas por todo el territorio nacional.
https://laboratorioechevarne.com/centros/
- La toma de muestras, para el análisis de Legionella, debe ser realizada por o bajo la responsabilidad del laboratorio que realiza el ensayo de Legionella mediante cultivo.
- Los protocolos de toma de muestras deben detallar las condiciones de conservación y transporte, características de los envases y procedimiento de la toma de muestra en función de la instalación y análisis realizado.